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Términos y Condiciones

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL BENEFICIO “BACK TO HOME”

Última actualización: 23/09/26

1. Identificación del responsable del beneficio

Volkswagen Insurance Brokers Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V. (en lo sucesivo, "VWIB"), con domicilio en Autopista México - Puebla Km 116 más 900, San Lorenzo Almecatla, Cuautlancingo, Puebla, C.P. 72710, México es una sociedad legalmente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos y autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas para actuar como Agente de Seguros y de Fianzas en términos de la legislación aplicable.

VWIB pone a disposición de sus clientes el beneficio denominado “Back To Home” (en adelante, el "Beneficio" o "BTH"), sujeto a los presentes Términos y Condiciones.

2. Definiciones

Para efectos de los presentes Términos y Condiciones, se entenderá por:

Asegurado: Persona física o moral titular de una póliza de seguro de automóvil contratada a través de VWIB.

Aseguradora: Compañía de seguros que emitió la póliza de seguro del vehículo asegurado.

Concesionaria Participante: Distribuidor autorizado de alguna de las marcas del Grupo Volkswagen que cuente con la infraestructura, capacidad operativa y, en su caso, acuerdos o convenios vigentes con la aseguradora correspondiente para la prestación de servicios de reparación.

Vehículo Asegurado: Vehículo amparado por una póliza de seguro contratada a través de VWIB y que cumpla con los requisitos establecidos en los presentes Términos y Condiciones.

Back To Home (BTH): En español significa, “Regreso a Casa”. Beneficio mediante el cual se procura la canalización del vehículo asegurado a una concesionaria participante de la marca correspondiente para la realización de reparaciones derivadas de un siniestro cubierto.

3. Objeto del beneficio

El Beneficio BTH tiene como finalidad favorecer que el vehículo asegurado sea reparado en una concesionaria autorizada de la marca correspondiente cuando ocurra un siniestro cubierto por la póliza de seguro y proceda su reparación.

Este beneficio busca que las reparaciones puedan realizarse utilizando procesos alineados a los estándares de la marca, con personal técnico especializado y, cuando corresponda de acuerdo con la valuación y autorización emitida por la aseguradora, mediante la utilización de refacciones originales o aquellas autorizadas conforme a la póliza contratada y a las políticas de la aseguradora.

La aplicación del BTH tiene como propósito contribuir a la preservación de la calidad de reparación y, en su caso, de las condiciones de garantía otorgadas por el fabricante del vehículo, cuando éstas resulten aplicables.

4. Supuestos de aplicación

El Beneficio BTH podrá operar en los siguientes casos:

    a) Daños Materiales

Cuando ocurra un siniestro que afecte la cobertura de daños materiales del vehículo asegurado y la aseguradora determine la procedencia de la reparación.

    b) Recuperación de Vehículo Robado

Cuando el vehículo asegurado haya sido objeto de robo total y posteriormente sea recuperado con daños susceptibles de reparación, siempre que la aseguradora determine la procedencia de la reparación conforme a los términos y condiciones de la póliza.

5. Requisitos de elegibilidad

Para la aplicación del Beneficio BTH deberán cumplirse de manera conjunta los siguientes requisitos:

5.1 Contratación a través de VWIB.

La póliza de seguro deberá haber sido contratada a través de Volkswagen Insurance Brokers Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V.

5.2 Vigencia del Programa.

La póliza deberá haber sido emitida a partir del año 2017 o de la fecha que para estos efectos determine VWIB para la operación del Beneficio.

5.3 Marcas Participantes.

El vehículo asegurado deberá corresponder a alguna de las siguientes marcas:

  • Audi
  • CUPRA
  • Porsche
  • SEAT
  • Volkswagen

 

5.4 Antigüedad Máxima del Vehículo.

El vehículo deberá tener una antigüedad máxima de cinco (5) años modelo, considerando el año modelo vigente y los cuatro años modelo inmediatos anteriores.

Ejemplo:

Si el año modelo vigente es 2027, serán elegibles los vehículos modelo:

  • 2027
  • 2026
  • 2025
  • 2024
  • 2023

 

5.5 Solicitud del Cliente

La aplicación del Beneficio requerirá la manifestación expresa del asegurado de su interés en que el vehículo sea canalizado a una concesionaria participante.

5.6 Disponibilidad Geográfica.

Deberá existir una concesionaria participante de la marca correspondiente dentro de una distancia razonable o en la zona donde se gestione el siniestro.

5.7 Capacidad Operativa.

La concesionaria participante deberá tener disponibilidad de infraestructura, personal técnico, equipo y capacidad de recepción para atender la reparación.

5.8 Convenios Operativos.

La concesionaria participante deberá contar con los acuerdos, convenios, procesos o autorizaciones vigentes requeridos por la aseguradora correspondiente.

5.9 Procedencia del Siniestro.

La aseguradora deberá haber determinado la procedencia del siniestro y autorizado la reparación del vehículo.

6. Procedimiento para la aplicación del beneficio

Una vez ocurrido el siniestro, el asegurado deberá:

  1. Reportar el siniestro a la aseguradora de conformidad con las condiciones de su póliza.
  2. Solicitar la aplicación del Beneficio BTH durante la gestión o atención del siniestro.
  3. Permitir la inspección, valuación y determinación técnica realizadas por la aseguradora.
  4. Atender los requisitos operativos o administrativos que solicite la aseguradora o la concesionaria participante.

La asignación final de la reparación estará sujeta a la validación de los requisitos de elegibilidad y a la viabilidad operativa correspondiente y esta es responsabilidad de la Aseguradora que emitió la póliza de seguro correspondiente.

7. Limitaciones del beneficio

El Beneficio BTH constituye un beneficio comercial y operativo, por lo que:

a)    No constituye una cobertura de seguro independiente.

b)    No modifica las coberturas, sumas aseguradas, deducibles, exclusiones, condiciones generales o cualquier otro término establecido en la póliza de seguro.

c)    No garantiza la asignación automática del vehículo a una concesionaria participante.

d)    No garantiza tiempos específicos de valuación, autorización, reparación o entrega del vehículo.

e)    No garantiza la disponibilidad inmediata de refacciones.

f)      No garantiza la conservación de garantías otorgadas por terceros cuando existan causas ajenas a la reparación efectuada.

g)    No genera derecho alguno a compensaciones económicas, indemnizaciones o pagos adicionales a cargo de VWIB.

8. Casos en los que el beneficio no será aplicable

El Beneficio BTH no será procedente cuando:

  • El vehículo no cumpla con los requisitos de elegibilidad establecidos en estos Términos y Condiciones.
  • La póliza no haya sido contratada a través de VWIB.
  • El siniestro resulte improcedente o no esté cubierto por la póliza.
  • La aseguradora determine pérdida total del vehículo.
  • No exista una concesionaria participante disponible para atender el caso.
  • La concesionaria carezca de capacidad operativa para atender la reparación.
  • El asegurado rechace la canalización propuesta.
  • Existan causas de fuerza mayor, caso fortuito o circunstancias ajenas a VWIB que imposibiliten la prestación del beneficio.

9. Naturaleza del beneficio y limitación de responsabilidad de VWIB

El Beneficio BTH constituye un beneficio comercial adicional que VWIB pone a disposición de los clientes que hayan contratado una póliza de seguro de automóvil a través de dicha entidad y que cumplan con los requisitos establecidos en los presentes Términos y Condiciones.

El Beneficio BTH no constituye un producto de seguro independiente, una cobertura adicional, una garantía, ni un servicio de reparación prestado directamente por VWIB. Su finalidad consiste exclusivamente en facilitar y procurar, sujeto a disponibilidad operativa y a la autorización correspondiente, la canalización del vehículo asegurado a una concesionaria participante para la atención de reparaciones derivadas de un siniestro cubierto.

VWIB actúa únicamente como intermediario y facilitador del Beneficio BTH, por lo que no asume ni adquiere obligaciones relacionadas con:

a)    La procedencia o improcedencia del siniestro.

b)    La determinación de cobertura, deducibles, sumas aseguradas, exclusiones, indemnizaciones o pérdidas totales.

c)    La valuación de daños realizada por la aseguradora.

d)    La autorización o rechazo de reparaciones.

e)    Los tiempos de inspección, autorización, reparación o entrega del vehículo.

f)      La disponibilidad o suministro de refacciones.

g)    La calidad, ejecución, alcance o resultado de los trabajos realizados por talleres, concesionarias o terceros.

h)    La conservación, pérdida o afectación de garantías otorgadas por el fabricante o por terceros.

i)      Cualquier daño, perjuicio, gasto, pérdida o reclamación que derive de actos u omisiones de la aseguradora, la concesionaria, el taller o cualquier tercero involucrado en la atención del siniestro.

Asimismo, el asegurado reconoce y acepta que todas las determinaciones relacionadas con la atención del siniestro corresponden exclusivamente a la aseguradora emisora de la póliza y que la prestación de los servicios de reparación corresponde exclusivamente a la concesionaria o proveedor que resulte asignado.

En consecuencia, VWIB no será responsable, directa o indirectamente, por cualquier controversia, incumplimiento, retraso, deficiencia en el servicio, daño o reclamación derivada de la cobertura del seguro, del proceso de reparación del vehículo o de los servicios prestados por terceros relacionados con el Beneficio BTH.

La participación de VWIB se limita exclusivamente a la promoción, gestión y facilitación del Beneficio BTH, sin que ello implique asumir responsabilidad alguna respecto de las obligaciones que correspondan a la aseguradora, a la concesionaria participante o a cualquier otro tercero involucrado.

10. Modificaciones, suspensión y terminación del beneficio

VWIB se reserva el derecho de modificar, actualizar, restringir, suspender o terminar, en cualquier momento y sin necesidad de autorización previa por parte de los usuarios o asegurados, el Beneficio BTH, así como cualquiera de sus características, requisitos de elegibilidad, alcances, condiciones de operación, limitaciones, marcas participantes, cobertura geográfica o cualquier otro elemento relacionado con su funcionamiento.

Dichas modificaciones podrán realizarse por razones comerciales, operativas, financieras, tecnológicas, contractuales, legales, regulatorias, de mercado, por cambios en los acuerdos celebrados con aseguradoras, concesionarias o proveedores, o por cualquier otra circunstancia que, a juicio de VWIB, haga necesaria o conveniente su implementación.

Asimismo, VWIB podrá suspender temporalmente o cancelar definitivamente el Beneficio BTH, de forma total o parcial, cuando existan circunstancias que afecten su viabilidad operativa, disponibilidad, continuidad o adecuada prestación, sin que ello genere derecho a compensación, indemnización, reembolso, reclamación o responsabilidad alguna a cargo de VWIB.

Las modificaciones, actualizaciones, suspensiones o terminaciones surtirán efectos a partir de su publicación en los canales oficiales de comunicación de VWIB, incluyendo su sitio web, medios digitales, concesionarias participantes o cualquier otro medio que determine para tal efecto, salvo que se indique una fecha de entrada en vigor distinta.

El asegurado reconoce y acepta que el Beneficio BTH constituye un beneficio comercial accesorio y voluntario otorgado por VWIB, por lo que su modificación, suspensión o terminación no afectará la vigencia, validez, alcance, condiciones o derechos derivados de la póliza de seguro contratada con la aseguradora correspondiente.

La continuidad en el uso, solicitud o aprovechamiento del Beneficio BTH con posterioridad a la publicación de cualquier modificación constituirá la aceptación plena y expresa de los Términos y Condiciones vigentes en ese momento. En consecuencia, es responsabilidad del asegurado consultar periódicamente la versión más reciente de los presentes Términos y Condiciones.

11. Interpretación y resolución de casos no previstos

Los presentes Términos y Condiciones regulan exclusivamente la operación y alcance del Beneficio BTH. Cualquier situación, circunstancia, controversia operativa o supuesto no previsto expresamente en este documento será analizado y resuelto por VWIB, conforme a criterios de razonabilidad, viabilidad operativa, disponibilidad de recursos, prácticas del sector, cumplimiento normativo y finalidad del Beneficio.

Las decisiones que adopte VWIB respecto de la interpretación, aplicación, alcance, elegibilidad o procedencia del Beneficio BTH serán determinadas considerando las circunstancias particulares de cada caso, así como las condiciones operativas existentes al momento de la solicitud del beneficio.

En ningún caso la interpretación de los presentes Términos y Condiciones podrá entenderse en el sentido de crear obligaciones adicionales a cargo de VWIB, ampliar el alcance del Beneficio BTH, modificar las condiciones de la póliza de seguro contratada o generar derechos distintos a los expresamente establecidos en este documento.

Asimismo, cualquier determinación relacionada con la cobertura del seguro, procedencia del siniestro, valuación de daños, pérdida total, indemnizaciones, autorizaciones de reparación o cualquier otro aspecto inherente al contrato de seguro corresponderá exclusivamente a la aseguradora emisora de la póliza, de conformidad con las condiciones contractuales aplicables.

La falta de ejercicio por parte de VWIB de cualquiera de los derechos o facultades previstos en estos Términos y Condiciones no constituirá una renuncia a los mismos ni limitará su ejercicio posterior.

Para todos los efectos relacionados con el Beneficio BTH, prevalecerá la interpretación que resulte consistente con la naturaleza comercial y accesoria del beneficio, entendiéndose que éste se otorga de manera complementaria a la póliza de seguro contratada y no como una obligación independiente o un servicio garantizado por VWIB.

12. Aceptación de los Términos y Condiciones

La contratación de una póliza de seguro a través de VWIB, así como la solicitud, uso, disfrute o aprovechamiento del Beneficio BTH, implica que el asegurado ha leído, entendido y aceptado expresamente los presentes Términos y Condiciones en su totalidad.

El asegurado reconoce que el Beneficio BTH es un beneficio comercial complementario otorgado por VWIB y que su aplicación está sujeta al cumplimiento de los requisitos, limitaciones, condiciones de elegibilidad y disposiciones previstas en este documento.

Asimismo, el asegurado acepta que la utilización del Beneficio BTH no crea una relación contractual distinta o adicional a la derivada de la póliza de seguro contratada y que la aplicación del beneficio se encuentra sujeta a la disponibilidad operativa, a la participación de terceros involucrados y a las determinaciones que correspondan a la aseguradora emisora de la póliza.

VWIB podrá modificar, actualizar, suspender o cancelar el Beneficio BTH y/o los presentes Términos y Condiciones en cualquier momento, de conformidad con lo establecido en el presente documento. El uso o solicitud del Beneficio con posterioridad a la entrada en vigor de dichas modificaciones constituirá la aceptación expresa de las mismas por parte del asegurado.

En caso de que el asegurado no esté de acuerdo con los presentes Términos y Condiciones o con cualquiera de sus modificaciones, deberá abstenerse de solicitar o utilizar el Beneficio BTH.

Para conocer el alcance, requisitos y condiciones vigentes del Beneficio BTH, así como otros beneficios disponibles, el asegurado podrá acudir a cualquier concesionaria participante o consultar los canales oficiales y medios de comunicación habilitados por Volkswagen Insurance Brokers Agente de Seguros y de Fianzas, S.A. de C.V.

La utilización del Beneficio BTH constituye evidencia suficiente de la aceptación plena e incondicional de los presentes Términos y Condiciones.

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